Entrevista a Elsie Monge: La criminalización de la protesta social en Ecuador
Escrito por Red Nacional De Medios Alternativos el 22/12/2015
En la emisión del martes 22 de diciembre de Enredando las mañanas repasamos una entrevista a Elsie Monge, integrante de la Federación Internacional de Derechos Humanos por Ecuador, que el 10 de diciembre, en consonancia con el Día Internacional por los DDHH, dio a conocer un informe sobre violaciones que se registran en ese país, específicamente contra la protesta social frente a proyectos extractivos.
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Este informe se realizó a instancias de organizaciones que integran la Federación y por denuncias recibidas de diferentes actores populares. “La Federación Internacional de Derechos Humanos nuclea a 178 organizaciones de 120 países. Desde 1922 trabaja en la defensa de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales contemplados en la declaración universal, su accionar se inscribe en el terreno jurídico y político con el objetivo de reforzar los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos y velar por su aplicación, actúa a nivel regional, nacional e internacional, y en Ecuador somos dos organizaciones de derechos humanos, miembros de la Federación Internacional. Somos el Instituto Regional de Derechos Humanos y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos de la que soy directora ejecutiva. Estas organizaciones somos las que solicitamos una misión de la Federación para dar a conocer la situación de los líderes comunitarios criminalizados por sus actividades de movilización de defensa de los derechos en sus territorios, en contexto de la implementación de proyectos extractivos. Ese es el origen de esta investigación que se dio en enero de este año y el informe producto de esa investigación se presentó a nivel nacional e internacional en el 10 de diciembre pasado”, explicó Elsie Monge en la entrevista que reproducimos en Enredando las mañanas.
En el informe, la Federación particulariza en tres casos al considerarlos representativos del accionar judicial: “se decidió tomar tres casos para estudiar a fondo y poder graficar la situación de muchos otros dirigentes comunitarios y defensores de derechos humanos que están siendo criminalizados. Ya en 2008 la Asamblea Constituyente había concedido una amnistía a casi 400 dirigentes comunitarios que habían sido procesados por defender y reclamar derechos. De esta manera, la Asamblea Nacional reconoció con esa amnistía que la justicia penal está siendo utilizada para fines políticos. Fue muy bueno para esos dirigentes pero el fenómeno no terminó”, aseveró Monge.
Casos
Elsie Monge hizo una descripción de la situación de los tres dirigentes cuyas historias sirvieron de ejemplos en el informe.
Javier Ramírez es uno de los líderes de la comunidad en resistencia a la explotación minera de cobre y molibdeno en la zona de Intag, provincia de Imbabura, que en el pasado fue explorada por una empresa japonesa y otra canadiense (Bishimetals y Ascendant Copper), y que en la actualidad busca ser explotada por la propia Empresa Nacional Minera (ENAMI) en asociación con la Corporación Nacional de Cobre de Chile. “Se trata del presidente de la comunidad de Junín, que se encuentra en una provincia del norte de Ecuador, una comunidad que ha estado luchando contra la presencia de la minería de cobre y molibdeno en su sector. El dirigente fue detenido y después de estar 10 meses encarcelado fue condenado por rebelión sin haber estado participando de los hechos por los que se lo acusa”, afirmó Monge.
Luego se encuentra Pepe Acacho, miembro de la Asamblea Nacional en representación de la provincia amazónica de Zamora, Chinchipe. Oficiaba como presidente de la Federación Interprovincial del Centro Shuar en 2009, un período de movilizaciones en todo el país por las reformas legales que tuvieron lugar en el sector minero y el agua, y en un contexto de limitada voluntad de diálogo por parte del gobierno nacional: “es un dirigente indígena que es representante de su pueblo en la Asamblea Nacional y participó de las protestas contra la ley de agua y la ley minera en 2009. Se lo acusó de instigar el asesinato de uno de sus compañeros y fue sentenciado a 12 años de prisión por terrorismo, sin embargo todavía la condena está en Casación y él sigue funcionando como miembro de la Asamblea Nacional”, agregó la integrante de la Federación Internacional de Derechos Humanos de Ecuador.
El tercer caso es el de Manuel Trujillo, presidente de la comunidad de San Pablo Amalí, provincia de Bolívar, donde se está construyendo la central hidroeléctrica San José del Tambo, que es parte de la empresa Hidrotambo S.A., conformada actualmente por capitales de empresas nacionales, bienes raíces de la sierra Puntosierra S.A, una corporación de investigación energética. Este proyecto afecta a 74 comunidades de pueblos originarios, campesinos, a quienes les sacan el agua, su principal fuente de abastecimiento para el consumo humano: “el problema es por una construcción que también se ha dado en varios otros lugares, la construcción de una represa para un megaproyecto hidroeléctrico y tiene que ver con minería. Para construir esa represa se cambió el curso del río y apuntó directamente a su comunidad, y eso ha costado vidas humanas, la pérdida de viviendas, de terrenos; él ha tenido como 30 juicios y fue uno de los amnistiados en 2008, pero sigue la persecución en su contra”, expresó Monge.
La ley y la justicia
En Ecuador existe un paquete de leyes que habilita estas represiones, pero además hay otro problema que es el de la falta de independencia de la función judicial: “la justicia es utilizada para fines políticos, el debido proceso es como que se lo pasa por alto, los procesos están en función de una decisión política que viene del Ejecutivo”, explicó Monge, quien a su vez se refirió al escaso apoyo recibido de parte de algunas organizaciones nacionales de derechos humanos, en particular al “triste papel” que cumple la Defensoría del Pueblo: “se supone que es una entidad autónoma pero que tiene financiamiento del Estado, y su rol debería ser proteger los derechos de la ciudadanía y se ha convertido en un ministerio más, es decir que se alinea con las decisiones políticas del régimen, defiende más bien al Estado que a la ciudadanía”.
En este punto, Monge aseguró que es evidente que en Ecuador se ha sistematizado el uso de la justicia como elemento de coacción: “desde la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos consideramos que el mayor problema es la concentración de poder, tanto el legislativo como el judicial no tienen su propia independencia sino que obedecen al Poder Ejecutivo, y por otro lado está este control de las funciones del Estado y de todos los espacios posibles que también genera un clima de temor, los empleados públicos tienen temor a perder su empleo puesto que el Estado es el mayor empleador en estos años. Y luego también la falta de las libertades, libertad de expresión, de organización, de reunión”.
Hacia el final del informe presentado el 10 de diciembre pasado, la Federación Internacional de Derechos Humanos de Ecuador incluyó una serie de recomendaciones que la propia Monge repasó en esta charla: “primeramente decimos que las dificultades, los problemas deben resolverse vía diálogo, que se escuche la voz del pueblo, los planteamientos de las organizaciones sociales, en lugar de considerar el reclamo de derechos como un crimen. No es admisible que cuando una organización hace una manifestación o en el caso de las organizaciones del área rural que a veces pueden cerrar una carretera, pero eso es una contravención, no se las puede acusar de terrorismo. Eso de que se busque escuchar los planteamientos y resolver las demandas a través del diálogo sería uno de los puntos clave a resolver”.
Al ser consultada acerca de si la ley antiterrorista en Ecuador es tan laxa como para permitir una interpretación de estas características, es decir que alguien que realiza un corte de ruta pueda ser vinculado al terrorismo, Monge expresó: “esa ley se instituyó en el país bajo la dictadura militar en 1964 y nunca fue modificada ni tampoco mayormente utilizada hasta la última década, y hay como cinco etcéteras textuales en la norma, en los que puede entrar cualquier cosa. En esto se ha venido insistiendo últimamente y hubo una modificación precisamente porque es impensable que una disposición penal sea así de abierta, entonces eso ya se modificó, se eliminaron los etcéteras pero igual deja mucha ambivalencia, la ley no tiene la precisión que debe como para poder tipificar lo que realmente constituye terrorismo, esto ha disminuido con la reforma del código penal pero los artículos que tienen que ver con terrorismo todavía siguen siendo bastante amplios”.