Juicio por torturas a Luciano Arruga – Día 4 – Alegato de la Querella (I)
Escrito por Red Nacional De Medios Alternativos el 14/05/2015
Luego del alegato de la fiscalía, fue el momento de la querella. El alegato fue dividido en dos. Primero, habló Juan Manuel Combi de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Matanza y luego Maximiliano Medina del Centro de Estudios Legales y Sociales, ambos en representación de la familia de Luciano. Juan Manuel Combi realizó una suerte de descripción y reconstrucción de los hechos ocurridos el 22 de setiembre de 2008 cuando el joven fue detenido y posteriormente trasladado al Destacamento de Lomas del Mirador.
“Hemos llegado hasta aquí con el poder de la verdad y la justicia. El poder y la justicia de esos testimonios que, como bien dijo el representante del Ministerio Público Fiscal, nos ha dejado en vida Luciano Nahuel Arruga y le ha dejado a la valiente hermana, que lo llevó al policlínico, y a su madre, a quien estamos orgullosos de patrocinar, como particulares damnificados en esta causa”, inició su alegato Juan Manuel Combi, representante de la familia de Luciano por la APDH La Matanza.
El abogado prosiguió señalando que tras los distintos testimonios escuchados durante las audiencias se encontraba debidamente acreditado que el día 22 de septiembre de 2008, en un procedimiento de dudosa legalidad y legitimidad, Luciano Nahuel Arruga fue detenido en las intersecciones de las calles Perú y Bolívar, a metros de su casa para luego ser trasladado al destacamento de Lomas del Mirador, donde fue recibido por Julio Diego Torales en la franja de las 13 y las 19.35 horas: “teniendo poder de hecho sobre un niño de 16 años que estaba incomunicado, sin posibilidad de ver a su familia, lo golpeó conjuntamente con al menos dos uniformados más, lo agredió psicológicamente amenazándolo, humillándolo, profiriéndole frases degradantes como ‘Te vamos a llevar a la 8° con los violines’, ‘Callate, negrito, si no querés terminar adentro’, ‘¿Viste que sos un chorro?’. Además, le escupieron un sándwich para que Luciano después lo comiera”.
Testigos
Combi afirmó que el procedimiento en el que fue aprehendido Luciano no contó con testigos en el acta de actuación: “se argumentó que esto fue porque es un barrio, una villa, algo que estamos acostumbrados a escuchar, lamentablemente. Pero recordemos que Perú y Bolívar está a metros de la Avenida Mosconi. Sin perjuicio de eso, no se encontró ni se aportó ningún testigo. No hay testigo que firme el acta de aprehensión de Luciano que pueda dar cuenta, entre otras circunstancias, de la requisa que se le realizó a un niño de 16 años. (…) La defensa aportó un testigo respecto del punto de la legalidad, que es el testigo Colla. Colla vino aquí y nos dijo que el hecho del supuesto robo, o del robo que ocurrió, pero que no encontramos al autor, fue a eso de las 9, 9.30. A Luciano lo encontraron casi llegando a las 11, según lo que se desprende de la prueba incorporada por lectura y por testimonios (…). Se lo encontró más de una hora después de ocurrido el hecho a metros de su casa. Con un agregado sustancial, a siete cuadras del lugar del hecho. Creemos que hay que hablar de esta situación, porque tiene que ver con la forma en la cual se efectuó la aprehensión. Y tiene también que ver con una pregunta que hizo la doctora (Liliana) Logroño (integrante del tribunal) en un momento cuando preguntó respecto de a quién se le había comunicado de la familia, si le habían informado respecto de quién era el juez interviniente en la causa. Y la señora Mónica Alegre nos dijo que no se le informó absolutamente nada. Lo mismo relató la señorita Orieta. Es decir, Luciano Nahuel Arruga fue conducido al destacamento policial proveniente de una aprehensión de dudosa legalidad. Y ya estando en el destacamento policial, son su familia presente, no recibió ninguna de las garantías que le corresponden a cualquier ciudadano, pero en este caso estamos en la presencia de un niño, y lo voy a reiterar durante todo mi alegato, de 16 años”.
¿Qué pasó luego de la aprehensión de Luciano?
Combi relató que tras la detención en la calle, y según consta en los libros del móvil 28915 que conducían los efectivos Olmos y Sorayre, Luciano fue atendido aproximadamente a las 12.30 por la doctora Fontela Vidal, a pesar de que en el acta dice 13:36: “claramente no pudo haber sido ese el horario. Y la doctora Fontela Vidal explicó esta cuestión de criterio cuando consignó la edad, por ejemplo de Luciano, que también estaba mal y la corrigió en un manuscrito diciendo que tenía 16 años”.
Combi destacó que Luciano fue atendido en esa franja horaria y que no presentaba lesión alguna cuando la doctora lo atendió: “textualmente ‘al momento de ser examinado no presenta lesiones traumáticas macroscópicas aparentes’. Esto obra a fojas 6 y fue ratificado por la señora Fontela Vidal, quien ratificó su firma y dio cuenta de cuál fue el procedimiento llevado a cabo para constatar si Luciano Nahuel Arruga tenía lesiones o no. Pero no solo eso. Tampoco presentaba hematomas ni equimosis en su cuerpo, pero además, a preguntas del particular damnificado, explicó cómo se hacía el procedimiento de revisación. Nos habló de unas luces blancas con las cuales se hacía la revisación. Nos dijo también que se le preguntaba a la persona que iba a ser atendida si había recibido algún tipo de lesión, que se le hacía un interrogatorio respecto a ello. Nos dijo también que en el caso de notar alguna lesión, se le hacía tacto. Fontela Vidal no encontró nada en el cuerpo de Luciano Arruga. Y vaya circunstancias, porque Fontela Vidal atendió a Luciano Arruga inmediatamente al ser detenido, es decir, antes de haber ingresado en el destacamento de Lomas del Mirador. Para que nos quede claro que Luciano Arruga, según lo que se desprende de la prueba incorporada por lectura, de lo manifestado por la doctora Vidal, a las 12.35 no presentaba lesión alguna”.
Menor de edad
Juan Manuel Combi manifestó que ya en el destacamento se pudo registrar otra irregularidad: “un destacamento que no tenía celdas para alojar detenidos, pero además con una irregularidad mayor: era un destacamento policial y Luciano era un niño de 16 años. Vamos a ser sintéticos para decir que hay diversas normativas que establecen la prohibición de alojar niños en comisarías. Hablamos de las resoluciones del Ministerio de Seguridad 1623/04, 1634/04, firmadas por (Carlos) Arslanián cuando era ministro de Seguridad (bonaerense). Referimos también los informes del Comité Contra la Tortura que alerta a los Estados, entre ellos el argentino, para no alojar detenidos. (…) Además, quedó acreditado que Luciano estaba en la cocina de ese destacamento. No solo que no tenían lugar, sino que lo alojaron en una cocina. Y eso no solo quedó acreditado por los testigos, objetivos, imparciales; el propio imputado en sus declaraciones, incorporadas por lectura, ha manifestado que Luciano estuvo en la cocina del destacamento policial. Si Torales tenía poder de hecho sobre Luciano, creo que no hay que extenderse mucho más que las declaraciones de Olmos. Lo escuchamos. Podemos decir a quién le entregó al niño de 16: a Julio Diego Torales”.
Combi afirmó que en su declaración la policía Mónica Chapero también confirmó lo dicho por Olmos acerca de que fue Torales quien recibió a Luciano: “fue quien tenía poder de hecho como oficial de servicio. Además, Torales sabía que Luciano era menor de edad, desde el primer momento. ¿Y cómo lo sabía? Claramente lo sabía porque la señora Fontela lo había descripto en el parte médico donde se lo atendió a Luciano Nahuel Arruga. Pero también lo sabía porque su madre se lo manifestó, también su hermana, y a pesar de ello, no se tomó ningún recaudo al respecto. Quizás ante posibles planteos defensistas, se adhirió a una cuestión meramente formal, si tenía o no partida. Aquí lo que está claro es que la señora Fontela Vidal, quien atendió a Luciano Arruga, médica, profesional, experta, manifestó que tenía 16 años. Después vino la familia, siguió manifestando que tenía 16 años, y no se tomó absolutamente ningún recaudo. Se lo llevó a la cocina del destacamento, siguió en la cocina del destacamento. Y fue Torales quien tuvo en todo momento el poder sobre Luciano Nahuel Arruga, niño de 16 años en estado de extrema vulnerabilidad. El propio imputado en su declaración indagatoria incorporada por lectura reconoció esto que venimos manifestando respecto a que Luciano Nahuel Arruga era menor de edad. Lo manifestó el propio imputado”.
Durante su alegato, el abogado de la APDH La Matanza reiteró varias veces que Luciano Arruga estuvo nueve horas en esta cocina en un estado de plena vulnerabilidad de todos sus derechos: “¿cómo sabemos que estuvo nueve horas? En el acta de entrega del menor – obrante a fojas 27 -, el libro de ingreso de detenidos – foja 116 -, se acredita que entró a las 11, se acredita que salió a las 19:35. Y también lo sabemos por los dichos de su propia madre, quien nos relató que estaba cocinando, cuando se acercó un personal policial a la casa, le informó de la situación. Ella después concurrió al destacamento de Lomas del Mirador. Concurrió también su hermana Vanesa. Aquí hay cuestiones de tiempo, de horas. Pasaron casi 7 años. Lo que sí sabemos es que su madre y su hermana estuvieron en el destacamento de Lomas del Mirador. Y no solo por las pruebas objetivas, también por los dichos del propio imputado en su declaración indagatoria incorporada por lectura”.
El relato de una madre y una hermana
En su alegato, Combi remarcó que la declaración de Mónica Alegre en el juicio fue clarísima respecto a lo que sucedió dentro del Destacamento: “la madre de Luciano nos refirió que en todo momento Torales le impidió a Luciano verla, lo mantuvo incomunicado. Vanesa relató coherente, concordante, que llegó e intentó de todas maneras ver a su hermano; salió varias veces, estaba angustiada. Y, sin embargo, le impidieron ver a su hermano, sin darle ningún argumento. En un momento, Luciano le dijo a Vanesa ‘sacame, que me están matando a palos’. Quizás esto no lo refirió el imputado en su declaración indagatoria, pero sí refirió que estaba escuchando gritos. Y si estaba escuchando gritos, tan solo los gritos ameritan que Torales haya hecho algo respecto de Luciano Arruga y su hermana, que estaban desesperados. Lo que nos consta a nosotros, por la voz de Luciano, por la voz de su mamá y por la de su hermana es que, efectivamente, hubo una situación donde a Luciano lo golpeaban, sin duda. Y se le preguntó a Vanesa respecto de esto, y ella relató varias secuencias. El ‘me estaban’ debemos entenderlo como una secuencia del hecho. Más aún, se relataban diversas circunstancias. (…) Vanesa relató que varias veces le pidió al señor Torales ver a Luciano. Nunca se le permitió ver a su hermano, un niño de 16 años, ni a ella ni a su mamá”.
Golpeado
Respecto al lugar donde estuvo detenido y algunas circunstancias son claras respecto a la irregularidad. Olmos nos dijo que cada vez que llega un móvil queda registrado por el ayudante de guardia. Sin embargo, notamos aquí algunas deficiencias. Que no recordaban quién era el personal que estaba. Después hicieron memoria y recordaron que estaba Rodríguez, en otro momento apareció Natalia (…). Se contrainterrogó al testigo, se le leyó la declaración en la sede de instrucción. Reconoció que García estaba; antes nos había dicho que la oficial de guardia era Chapero, a quien le habían dado la comunicación, después nos dijeron que era García. Lo que sí sabemos es que no dejaron constancia absolutamente de nada de todo lo que sí tenían que dejar constancia, por ejemplo, que Rodríguez se había incorporado y había vuelto a la comisaría. Sin perjuicio de eso, de que no haya constancia de quién entró, quién salió, cuántos policías había y cuántos dejaba de haber, lo que sí creemos que es un acto de total clandestinidad, sí sabemos que Luciano Nahuel Arruga estuvo en esa cocina, sí sabemos que Luciano Nahuel Arruga fue golpeado en esa cocina y sí sabemos que Luciano Nahuel Arruga fue humillado y amenazado en esa cocina. Que a Luciano Nahuel Arruga le pegaron, creo que está acreditado también por el testimonio de los testigos que aquí expusieron claramente y de forma coherente, como así también que lo humillaron.
“¿Por qué podemos decir que lo golpearon a Luciano Arruga y que lo tenemos debidamente acreditado con plena certeza?”, preguntó Combi en su alegato y respondió: “en primer lugar, por los dichos de la madre. La madre vio que en el momento que Luciano se iba del destacamento lo miró al señor Torales y dijo: ‘Él fue el que me pegó’. Eso lo presenció Mónica, y Vanesa Orieta también refirió que ese suceso existió, y nos dijo que eran funcionarios policiales quienes propiciaron esos golpes y que ahí estaba el señor Torales dentro de los que lo golpeaban. Textualmente Mónica lo dijo en su declaración, que Luciano Arruga le dijo que mientras uno lo agarraba, el otro lo sostenía y golpeaba, y el que lo golpeaba era Torales. Y Torales le decía: ‘¿Quién te pegó?’, ‘Vos me golpeaste’, le decía Luciano”.
“Sostenemos un elemento probatorio que por demás da cuenta de estas lesiones –continuó Combi–. ¿Cuál es ese testimonio? El testimonio de (Orlando Gabriel) González, el médico que atendió a Luciano, que nos informa que tenía un traumatismo en región frontal, pómulo izquierdo. El mismo González que nos dice que ese traumatismo no tenía más de doce o trece horas de duración. La única persona de los testigos aportados por este particular damnificado, la única persona que no vio lesiones en Luciano, ¿saben quién es? La señora Fontela Vidal. Porque cuando Luciano entró en el destacamento de Lomas del Mirador no presentaba lesión alguna”.
En este punto, Combi preguntó ¿qué tenemos por acreditado entonces?: “que las lesiones que presentaba Luciano Nahuel Arruga se produjeron en el destacamento de Lomas del Mirador bajo la circunstancia que este particular damnificado tiene por acreditadas, y que se desprenden no solo de la prueba incorporada por lectura, sino también de las testimoniales que hemos escuchado en este debate. Más aun, fue contundente el señor González. Recordemos que hace dos días se le hizo una pregunta, la hizo la propia defensa: ‘¿Puede ser que un cachetazo cause esta lesión?’, y él dijo que tiene que ser un cachetazo un poco más que fuerte, contestando de manera casi irónica, porque es raro que un cachetazo deje un traumatismo”.
Combi remarcó entonces que los golpes fueron acreditados durante las audiencias, pero aclaró que no se trataron únicamente de golpes y dolores físicos: “lo lamentable es que a los golpes físicos además lo acompañaron la humillación, la amenaza, el destrato, como bien lo dijeron tres testigos fundamentales en esta audiencia de debate, el verdugueo al que fue sometido Luciano Nahuel Arruga. Nos dijo Mónica, lo amenazaron con ‘llevarlo a la 8° con todos los violines’. No debemos aclarar qué son los violines. Lo manifestó la señorita (Rocío) Gallegos (integrante de Familiares y Amigos, que convivía con Vanesa al momento de la detención) al escuchar la conversación telefónica al otro día del suceso que Vanesa Orieta mantenía con el personal del destacamento de Lomas del Mirador, conversación telefónica que también recordó Vanesa, que claramente nos dijo las cosas que le dijo, entre ellas, la cuestión de los veinte pesos. Pero también refirió otras cuestiones relevantes al maltrato sufrido por Luciano. (…) Tenemos que entender, Excelentísimo Tribunal, en primer lugar, el tiempo transcurrido y en segundo lugar, lo más importante, que estamos hablando, nada más ni nada menos, que de un acto humillante, denigrante y que tiene que ver con la integridad social de un niño de 16 años. Pero Torales también humilló a Luciano Arruga. Le escupieron un sándwich, le tiraron gargajos en ese sándwich. Lo de los gargajos no lo dijeron solamente Mónica Alegre y Vanesa Orieta en este debate, también lo dijo el señor (Juan Gabriel) Apud (amigo de Luciano). (…) Los testigos, tanto Apud como Orieta como Alegre, nos refirieron un término, que creo que es importante analizar y tener en cuenta al momento de valorar la prueba: el verdugueo al que fue sometido un niño de 16 años en un destacamento policial no habilitado para tener detenidos, en una situación de pura clandestinidad, donde se lo amenazó, se lo humilló y se abusó del poder de hecho que tenía un funcionario policial. Y eso le ha generado secuelas a Luciano Arruga, que también han quedado acreditadas en el marco de este debate. Luciano fue golpeado, Luciano fue humillado, Luciano fue amenazado, Luciano fue verdugueado”.
El miedo de un niño
Para Juan Manuel Combi no quedan dudas de las lesiones que presentaba Luciano tras ser liberado del destacamento. El traumatismo en la región facial aparece en el reporte del libro del servicio de emergencia del Policlínico Central de San Justo incluido entre las pruebas del juicio. Pero, además, para el abogado tampoco hay dudas respecto al miedo que el sufrimiento físico y psíquico recibido en el destacamento le generó a Luciano: “es cierto lo que refirió la señorita Orieta en el marco de este debate respecto a que había una persecución anterior por parte del personal del destacamento, que Luciano venía sufriendo estas circunstancias, pero también es cierto que el cambio de actitud de Luciano se dio a partir de esta golpiza y esta humillación que sufrió en el destacamento de Lomas del Mirador, donde se le dijo ‘negro rastrero’, donde se le escupió un sándwich. ¿Y por qué tenemos que tener consideración respecto a este punto? ¿Recuerdan lo que declaró Mónica Alegre, recuerdan lo que declaró su hermana? ¿Recuerdan cuando Mónica nos habló de la camiseta de River, de que Luciano le dijo que cuando se vaya quería que le pongan la camiseta de River, que cuide a sus hermanitos? Que después esta detención Luciano tenía miedo. Y tenía el peor de los miedos que puede tener un ser humano, el que nos constituye como tales: miedo a la muerte. Pero en este caso el miedo a la muerte es el miedo a la muerte de un niño. Mónica Alegre fue quien llevó a Luciano Nahuel Arruga hasta su casa después del destacamento de Lomas del Mirador. Lo llevó casi arrastrado. Vanesa Orieta declaró que cuando llegó a su casa lo vio a Luciano llorando. Todos lo refirieron. Apud (amigo de Luciano) mismo ser refirió a los dolores que tenía Luciano y del relato que le hizo de los sucesos. Vanesa nos refirió que cuando lo tocaba se mostraba dolorido. Y eso fue lo que llevó a Vanesa a llevarlo al Policlínico de San Justo. Qué valiente, ¿no? La verdad es que esa valentía que tuvo su hermana de llevarlo al Policlínico de San Justo para poder constatar esas lesiones es el testimonio valioso que nos deja Luciano hoy, el testimonio de sus golpes”.
Para Combi, los cambios en la conducta de Luciano tras la detención fueron claros: “¿se acuerdan que en un momento (Rocío) Gallegos nos dijo que Luciano le refirió después de la detención, alguien con quien no tenía mucho diálogo Luciano, que tenía miedo a circular? Y que utilizó esta palabra y que le llamó la atención a la licenciada Gallegos, porque no era el léxico que utilizaba Luciano. También Apud nos refirió que Luciano ya no quería ir a la plaza, no quería salir con el carro. Todo eso escuchamos. Pero, sin duda, escuchamos algo más que importante, el testigo de la situación de encierro que sufrió Luciano y las sensaciones que vivió Luciano ¿Alguien puede imaginarse lo que es que un niño esté durante nueve horas alojado en una comisaría, teniendo a su mamá y a su hermana que no lo pueden ver, las escucha, pero no las puede ver? ¿Alguien se imagina ese estado de desprotección? Se empieza a insinuar con alguna pregunta: ‘¿Usted se fue?’ Sí, se fue la mamá, ¿cómo no se va a ir la mamá de Luciano Arruga del destacamento de Lomas del Mirador, si necesitaba una partida para poder sacarlo? Y con contundencia, con claridad la señora Alegre contestó: ‘Me fui para buscar la partida porque quería llevarme a mi hijo’. A eso se fue la mamá. Y su hermana también se fue. ¿Y saben por qué? Se fue porque su hermana trabajaba, único sustento. Y también explicó que le dijo a la mamá que no se vaya, pero la mamá se tuvo que ir a buscar la partida y Vanesa se fue porque quedaba su madre. Pero Vanesa también se fue porque, si no, perdía su trabajo. Y perder un trabajo para una persona humilde es también perder la posibilidad de que su hermano coma, viva y subsista”.
Fue Torales
Hacia el final de su parte del alegato, Combi aseveró que no existen dudas respecto a que fue Julio Diego Torales quien golpeó y torturó a Luciano: “Luciano se lo indicó a su mamá, Luciano se lo indicó a la señorita Orieta. También les indicó que lo humilló, de eso tampoco hay dudas. Respecto a la veracidad de los testimonios, agregado a lo que ya dijo el señor fiscal, escuchamos dos médicos, que no hay razón para dudar de su credibilidad. Fueron claros, explicativos, muy profesionales a la hora de brindar respuestas a todas las partes de este proceso. Respecto a la madre y a la hermana, coherente, concordante, contestaron todas las preguntas, ninguna entró en contradicción a lo largo de todo este proceso. También tenemos que tener en cuenta que hace seis años y medio que la familia viene declarando en cuanta instancia tenía que declarar. ¿Saben lo que significa eso? La familia, recordemos, estuvo buscando a Luciano durante casi seis años y pasó por muchas instancias, y sin perjuicio de eso, siempre fueron coherentes, concordantes, contestaron preguntas, no hay ensañamiento, en ningún momento le faltaron el respeto a las defensas cuando las interrogaban, no hay sentimiento de venganza alguna. Hemos visto la sensibilidad de esos testimonios. Son testimonios que alegan de por sí. No hay ningún indicio de mendacidad en todos los testimonios brindados en esta sede por Orieta, por Alegre, por los médicos, por Apud, por Gallegos. No podemos decir lo mismo de los funcionarios policiales que prestaron declaración en este debate. Recuerdos que no recuerdan, no recuerdos que sí recuerdan”.
Valoración de las pruebas
En este punto, Combi explicó que se debe tener en cuenta la situación, es decir que Luciano estaba en un lugar de plena clandestinidad, donde no había otros detenidos: “voy a leer algunos escuetos informes, breves, para poder dar un marco de cómo debemos interpretar la prueba que se ha producido en este debate. La Corte Interamericana, en el caso de niños de la calle, ha expresado, en orden de establecer si se ha cometido delito y de cuáles son los alcances, que deben tenerse presentes todas las circunstancias del caso, como por ejemplo: la naturaleza, el contexto de las agresiones, la manera y el método de ejecutarlas, la duración; los efectos físicos y mentales. En un fallo conocido, testimonios que se desprenden de una causa federal de La Plata, se nos dice ‘no extraña que los testimonios de las víctimas y de sus familiares sean uno de los elementos más importantes del peso probatorio conectado durante la investigación no solo atento a las particularidades de los delitos que aquí se investigan, sino fundamentalmente por la propia coherencia, concordancia y verosimilitud que existe entre ellos’. Este caso es de La Plata, del 23 de agosto de 2007, registrado bajo el número 4237, caratulado ‘Crous, Félix s/ denuncia’, testimonio de la causa 2 del Juzgado, procedente de la Secretaría Especial del Juzgado Criminal y Correccional N° 3 de La Plata”.
Finalmente, Combi afirmó: “me quedo con esas tres palabras: coherencia, concordancia y verosimilitud que existe entre ellos. Es lo que hemos presenciado en este debate y lo que nos permite asegurar con certeza que no existe duda en los testimonios aquí expuestos y que analizados con el conjunto de la totalidad de la prueba nos llevan a la conclusión de que Diego Torales fue el autor material de los hechos que aquí se están investigando y de los cuales mi distinguido colega hará la apreciación de la calificación legal que le han de corresponder a estos hechos y la pena que le ha de corresponder al señor Torales”.
La segunda parte de la querella la continuó entonces Maximiliano Medina, también en representación de la familia de Luciano pero por el Centro de Estudios Legales y Sociales, haciendo hincapié en el detalle técnico del delito cometido por Torales y el pedido de pena.
Foto:Gonzalez Ve