Servicios Comunales S.A.
Escrito por Red Nacional De Medios Alternativos el 16/02/2009
Ha entrado a escena una empresa llamada Servicios Comunales S.A., la cual ha sido facultada por las autoridades carcarañenses para cobrar Patentes y D.R.E.I. …
¿En qué marco se encuadra dicho servicio?
Hoy está de moda hablar mal de la época menemista. Es políticamente correcto echar culpas sobre la década pasada, donde todo fue privatizado y que, por culpa de esos malos políticos (muy malos de verdad), todavía sufrimos las consecuencias.
La vida tiene vueltas. Vueltas tiene la vida. ¿Volvemos a los 90′? Tenemos un pequeño síntoma en nuestra propia ciudad.
Desde hace algunos meses, vecinos de la localidad han recibido llamadas telefónicas y cartas de una empresa llamada Servicios Comunales S.A. reclamando deudas de Patentes y de Derecho de Registro e Inspección. Queremos creer (ya que no pudimos averiguarlo aún) que dicha empresa no cobra honorarios profesionales extras a las deudas reclamadas. Queremos creer.
Este servicio no lo hacen porque sí. La Ordenanza 1857/08 autoriza al Ejecutivo Municipal a llamar a Concurso Privado de Precios para contratar un servicio de determinación de deuda y/o adecuación a la normativa legal vigente y/o cobro extrajudicial y/o judicial por apremio a los deudores del D.R.E.I. y de Patentes Automotores. A través de dicho concurso, Servicios Comunales S.A. es la empresa elegida para hacer lo que está haciendo.
Realmente nos gustaría haber escrito esta nota antes de que todo ya esté concretado pero… Preguntamos ahora (esperando que nadie se enoje y que alguien conteste): ¿de qué lado están las autoridades? ¿Volvemos a la década menemista? Analicemos.
Existe en la sociedad argentina un consenso casi generalizado respecto al daño que produjo el desguace del Estado como consecuencia de las privatizaciones durante los ’90. Por eso hoy el gobierno nacional pretende (¿en un gesto de demagogia o en aras del bien nacional?) devolver al Estado sus potestades y parte del control perdido sobre, por ejemplo, Aerolíneas y los fondos de los jubilados (privatizados vía A.F.J.P.), por citar casos paradigmáticos.
Mientras en el país se habla de revisar los contratos con las privatizadas, en Carcarañá, incomprensiblemente (si tenemos en cuenta la línea política del Ejecutivo) salimos a privatizar el cobro de algunos tributos y, por consiguiente, ceder una potestad absolutamente indelegable.
Por supuesto que para que una empresa privada pueda cobrar dichos tributos, se le debe entregar la base de datos de la ciudad. Será incierto el destino de toda esa rica información (cuánto gana cada vecino, qué auto tiene, etc.) que se entrega violando, entre otras cosas, el secreto fiscal. El Municipio debe garantizar la reserva de esas potestades como elemento esencial para llevar adelante políticas tributarias equitativas y eficientes. Y para eso se necesita decisión política y no necesariamente tercerizar.
Tal vez sea necesario capacitar al empleado municipal, ya que de acuerdo a dicho procedimiento no se encuentra capacitado para tales tareas. Se debe invertir en tecnología y software. Seguramente el porcentaje que se lleva Servicios Comunales S.A. alcanza para ello.
No puede ser que los vecinos de Carcarañá tengamos que enterarnos de estas decisiones por casualidad, en el mejor de los casos, o cuando una señorita (muy simpática, por cierto) te dice el importe que se debe abonar (en cómodas cuotas).
El Concejo aprobó una verdadera privatización, con una clara impronta menemista. Ceder funciones propias del Municipio (¿que somos todos?), permitir que una empresa se lleve fondos sin ninguna razón que lo justifique, trastocar el espíritu democrático y "modernizar" la gestión de cobranza es, en resumen, lo que ocurrió.
Finalmente queremos dejar en claro que no se pretende con toda esta argumentación que sólo algunos paguen y que no exista mayor control en materia de obligaciones tributarias municipales.
Si mejora la recaudación producto de una fiscalización más eficiente, seguramente tendremos mejores servicios, más obras y mayor equidad, pero sin lugar a dudas que el mejor camino es reivindicar la recaudación y la fiscalización como lo que son: Potestades Indelegables del Estado.-
LA ORDENANZA 1857/08
Con la Ordenanza 1857/08 se autoriza el llamado a licitación. Esa misma Ordenanza, en su artículo 20, aclara que el contrato con el adjudicatario será suscripto ad referéndum del Concejo Municipal: es decir, que debe ser validado y aprobado por el Concejo, pero no ha ingresado aún (al menos, no lo dicen los Ordenes del día y por lo tanto no fue tratado) al recinto deliberativo y la empresa Servicios Comunales S.A. ya se encuentra intimando a los vecinos.
Un dato más: en el Orden del Día del 4 de septiembre del corriente, se halla un despacho de la Comisión n° 1 por una nota a enviar al Ejecutivo Municipal solicitando informe sobre la gestión de una empresa de servicios contratada por la Municipalidad. Es decir que, si habla de “gestión” y de “contratada”, quiere decir que ya se hallaba trabajando para esa fecha… ¿y la validación y aprobación del Concejo? ¿Son válidas entonces las intimaciones que reciben los vecinos? Habrá que preguntarles a nuestros representantes.
Tercerización = Privatización
“…pero como la palabra Privatización tiene mala prensa, mala fama, a estos procesos se los ha dado en llamar Tercerización. Esta palabra quiere connotar que el Estado, en su actualidad, requiere del concurso de particulares para desarrollar mejor determinadas funciones.
…el resultado de estos procesos de privatización, son totalmente contrarios a los intereses generales.
…Para evitar la cuestión de la existencia de intereses particulares entre la relación fisco-contribuyente, fuente de permanentes abusos y el consecuente enriquecimiento de unos pocos a costillas de los más indefensos, la doctrina tributaria, en su evolución, determina que la facultad de recaudar es INDELEGABLE.
…Y por esta relación jurídico-tributaria, estamos obligados a suministrar informaciones particulares, que hacen a la determinación de la capacidad de contribuir. Así informamos sobre propiedades, empresas, personal, inversiones, etc. Estos datos, informaciones que brindamos, propios de la relación jurídico-tributaria, no pueden ni deben estar en mano de particulares.
…La privatización de estas acciones, además de violar este principio, permitiría que sectores privados pudieran acceder a información y datos resguardados por el secreto fiscal.
…Estos argumentos hablan de incapacidad, de imposibilidad del Estado para poder cumplir con sus funciones. La realidad es que la incapacidad no es del Estado sino de aquellos que tienen la responsabilidad que han asumido. “
Extracto de la ponencia del contador Juan Albaytero, asesor de la Federación de Entidades de Fomento y Organizaciones, en el Congreso de la Unión de Organizaciones Sociales de la Rep. Argentina. San Luis, mayo de 2006.